Errores en la notificación de la sentencia
- Lcdo. Rodolfo Carrión Vargas
- Jun 19
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Updated: Jun 21
Por el licenciado Rodolfo Carrión Vargas [1]
Un recurso de apelación puede ser desestimado por falta de jurisdicción si ha ocurrido error en la notificación de la sentencia o resolución del tribunal que se pretende revisar. Sin embargo, determinar cuándo se considera que ha ocurrido un "error" en la notificación de una sentencia o resolución, que impida al foro apelativo ejercer jurisdicción, puede ser debatible en ciertos casos, por ejemplo:
Cuando la sentencia emitida en un caso solo es notificada a la parte demandante y no a la demandada, o al revés.
Cuando no se notifica a una parte indispensable.
Cuando las partes litigantes cuentan con varios abogados y la sentencia solo se notifica a uno de ellos.
Cuando la sentencia solo se notifica a uno de los abogados que representan a una misma parte, y éste había informado al tribunal y a los demás que estaría de vacaciones fuera del país, y el tribunal se había dado por enterado mediante orden previa.
Cuando la sentencia judicial no se notifica a todos los abogados de récord. [2]
Cuando la sentencia se notifica directamente a una parte que tiene abogado, pero no se notifica a su abogado.
Cuando la notificación de una sentencia o resolución se envía solo a los abogados de las partes, ¿será valida la notificación si no se notifica directamente a las partes representadas en ese caso?
Cuando se trata de una sentencia que desestima una demanda por incumplimiento del descubrimiento de pruebas u órdenes del tribunal, ¿será suficiente y válida su notificación a la parte a través de su abogado, o será necesario que la sentencia se notifique directamente a la parte representada, a la cual se atribuye incumplimiento?
Cuando la sentencia se notifica al abogado que renunció a la representación legal, pero ésta aún no ha sido resuelta por el tribunal, y la sentencia no se notifica a la nueva representación legal informada por esa misma parte en la misma fecha de la renuncia del otro. [3]
Cuando un tribunal determina eliminar las alegaciones de una corporación demandada por su incumplimiento de sus órdenes, ¿será válida la notificación de la sentencia a la corporación a través de su abogado de récord, cuando éste sea, a su vez, empleado de la corporación?
Algunas de estas cuestiones han sido aclaradas por la jurisprudencia, desarrollando una doctrina centrada en el debido proceso legal de las partes involucradas en el litigio; otras han sido resueltas mediante el trámite electrónico de los casos en el SUMAC. [4]
[1] https://www.lcdocarrionvargas.com/ [2] Metro Senior Development LLC v. Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, 2022 TSPR 47, del 13 de abril de 2022. [3] El mero hecho de que una parte cuente con abogado de récord no es razón suficiente para que un tribunal pueda denegar la comparecencia de otro abogado en su representación legal. Más aún, cuando el caso pasa a una etapa apelativa, en la que no es extraño que se una a la representación legal del caso otro abogado, tal vez con más experiencia en los procesos apelativos. Simons v. Leaf Petroleum Corp., 2022 TSPR 44, del 13 de abril de 2022. [4] Tecnología para la Justicia 2022 Informe Especial a la Comunidad del Poder Judicial de Puerto Rico. https://www.poderjudicial.pr/documentos/informes/Informe-Especial-Tecnologia-Justicia-2022.pdf.